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Una agencia de turismo en Cataluña busca un/a profesional de Comunicación para gestionar relaciones con medios y elaborar contenidos. Se requieren habilidades comunicativas y titulación en Comunicación. Modalidad híbrida y ubicación en Barcelona.
¿Te gustaría apoyar al equipo de Comunicación Corporativa y Marca Cataluña?
La unidad de Comunicación Corporativa y Marca Cataluña tiene como misión recopilar, estructurar, presentar y difundir las actividades, la imagen y el mensaje de la entidad de manera positiva en los medios de comunicación, entre los profesionales del sector turístico, el público general y otros medios de influencia, en línea con las políticas de marketing, para lograr los objetivos establecidos en su plan de marketing: que la ACT se convierta en líder del sector en Cataluña y referente a nivel internacional, en línea con su posición de liderazgo.
La Unidad de Comunicación Corporativa y Marca Cataluña desarrolla esta misión simultáneamente para la Agencia Catalana de Turismo y la Dirección General de Turismo.
La principal función del puesto es potenciar la comunicación externa de la Agencia Catalana de Turismo (ACT), recopilando y elaborando actividades, imágenes y mensajes para su difusión en medios de comunicación, público y otros canales de influencia.
Las funciones específicas serán:
Buscamos una persona positiva, proactiva y empática que comparta nuestros valores de innovación, compromiso y visión global.
Con habilidades comunicativas, orientación al cliente, capacidad analítica, habilidades organizativas, preocupada por la eficiencia y capaz de trabajar en equipo.
Requisitos:
¿Cuáles son las condiciones?
¿Te animas a acompañarnos en este gran reto?
Las personas inscritas dan su consentimiento para que la Agencia Catalana de Turismo consulte sus datos en otras administraciones u organismos para verificar que cumplen con las condiciones requeridas para acceder a esta oferta, durante su vigencia.
Contra esta convocatoria, la persona interesada puede interponer demanda contenciosa laboral ante los Juzgados Sociales en un plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación/comunicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social –LRJS-, y siguiendo el procedimiento establecido en los artículos 151 y 152 de dicha ley, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere oportuno para defender sus intereses.