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Una agencia gubernamental en Andalucía busca un trabajador o trabajadora social para gestionar expedientes de la Ley de Dependencia. Se requiere Grado en Trabajo Social o titulación equivalente y experiencia previa en centros de dependencia, tanto públicos como privados. Se valorará la formación no reglada en diversas áreas relacionadas con la dependencia, así como la capacidad funcional necesaria. Esta posición tiene un contrato de duración determinada causada por circunstancias de la producción en Jaén.
Oferta de empleo - Trabajadora o trabajador social en los servicios de valoración de la dependencia en Jaén de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
Tipo de convocatoria
Denominación del puesto
Trabajadora o trabajador social en los servicios de valoración de la dependencia en Jaén de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
Estado del proceso
Concluido
Fecha de publicación
Plazo de solicitud
Número de plazas
Lugar de trabajo
Tipo de contrato
Duración determinada- eventual por circunstancias de la producción
Titulación oficial requerida
Grado Universitario/ Licenciatura e Ingenierías/ Diplomaturas e Ingenierías Técnicas
Titulación específica requerida
Estar en posesión del correspondiente Título de Diplomatura o Grado en Trabajo Social o Titulación equivalente reconocida u homologada por la Administración Educativa competente.
*Se valorará Formación no reglada que haya sido impartida y/u organizada por alguna de las siguientes instituciones: Centros Universitarios (títulos propios), Ministerios, Consejerías, Corporaciones Locales, Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades Autónomas, Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados, SEPE o sus homólogos en las Comunidades Autónomas, y/o cualquier otro ente público dependiente de una administración pública, así como Organizaciones Sindicales y Colegios Profesionales.
**Se valorará cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida en la convocatoria. En ningún caso los certificados de profesionalidad podrán ser considerados como título académico objeto de valoración en este apartado.
Realizar todas las actuaciones necesarias para gestionar los expedientes de reconocimiento de la Ley de Dependencia siguiendo los procedimientos establecidos para ello utilizando los diferentes sistemas de información existentes.