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Técnico Facultativo Coordinación Seguridad y Salud

Agencia De Vivienda Y Rehabilitacion De Andalucia

Córdoba

Presencial

EUR 30.000 - 45.000

Jornada completa

Ayer
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Descripción de la vacante

Un organismo gubernamental en Andalucía busca un/a Técnico/a Facultativo de Coordinación de Seguridad y Salud para coordinar la seguridad en obras civiles, hidráulicas y forestales. Requiere grado en ingeniería y experiencia en prevención de riesgos laborales. Se ofrece una jornada completa de 12 meses, asegurando la integridad física de los trabajadores en colaboración con contratistas y subcontratistas. Una posición clave para garantizar ambientes de trabajo seguros.

Formación

  • Titulación específica: ingeniero/a, ingeniero/técnico, arquitecto/a o equivalente.
  • Experiencia previa en coordinación de seguridad y salud.
  • No limitación física para el desarrollo de funciones.

Responsabilidades

  • Coordinar la aplicación de principios de prevención y seguridad en obras.
  • Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista.
  • Organizar la coordinación de actividades empresariales.

Conocimientos

Ingeniería
Coordinación de seguridad
Prevención de riesgos laborales

Educación

Grado Universitario/Licenciatura en Ingeniería
Descripción del empleo
Oferta de empleo

Técnico/a Facultativo Coordinación Seguridad y Salud

Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P.

Información general

Tipo de convocatoria: Promoción interna

Perfil del puesto de trabajo: Perfil de gestión

Denominación del puesto: Técnico/a Facultativo Coordinación Seguridad y Salud

Estado del proceso: Concluido

Requisitos

Titulación oficial requerida: Grado Universitario / Licenciatura e Ingenierías / Diplomaturas e Ingenierías Técnicas

Titulación específica requerida: Ingeniero/a, ingeniero/técnico, arquitecto/a, arquitecto/a técnico o equivalente, titulaciones reguladas por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), Ley 38/99.

  • Ser empleado/a de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía como personal laboral fijo, fijo discontinuo, indefinido e indefinido no fijo (*).
  • El nivel académico para esta convocatoria es el establecido en el Convenio para el grupo 1 y, concretamente, las titulaciones de ingeniero/a, ingeniero/técnico, arquitecto/a, arquitecto/a técnico o equivalente, titulaciones reguladas por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), Ley 38/99.
  • No tener limitación física que impida el desarrollo de las funciones a realizar.
  • La jornada será a tiempo completo, 12 meses (**).
Funciones

Conforme al RD 1627/1997, como parte integrante de la dirección facultativa del promotor en obras civiles, hidráulicas y forestales y al RD 171/2004 de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, desarrolla actuaciones encaminadas a garantizar la integridad física de los/as trabajadores/as de las empresas concurrentes (contratas, subcontratas y autónomos) en obras y otros servicios.

Con carácter indicativo y no limitativo se encuentran entre otras las siguientes funciones:

  • Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad:
    • Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultáneamente o sucesivamente.
    • Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.
  • Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva recogidos en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 de este Real Decreto.
  • Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo.
  • Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
  • Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
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