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Guardia Nacional de Puerto Rico busca un Guardalmacén en la Base Aérea Muñiz, Carolina, para gestionar recepción, almacenamiento y despacho de suministros. El puesto es de ingreso y presencial, con tareas administrativas y de control de inventario.
Requiere título de cuarto año de secundaria y 2 años de experiencia administrativa; se valora trabajo en equipo y atención al cliente. Se ofrece oportunidad de desarrollo y estabilidad laboral dentro de la agencia.
Dirección Física: Edificio “GAM TOWER” calle Tabonuco #2, sexto (6) piso, Área de San Patricio, Guaynabo, Puerto Rico 00968
Dirección Postal: Guardia Nacional de Puerto Rico ATT: Servicios Administrativos, Oficina de Recursos Humanos 552 Borinqueneer TRL Fort Buchanan, Puerto Rico 00934
Patrono con igualdad de oportunidades de empleo
(1 puesto vacante)
Guardalmacén, Núm. 2321
$19,800
1
Base Aérea Muñiz, Carolina
Hasta el 20 de marzo de 2026
Ingreso
Trabajo de oficina que consiste en recibir, controlar, almacenar, custodiar y despachar materiales, equipo, piezas y otros suministros en un almacén en una Agencia del Gobierno de Puerto Rico.
Ambiente de trabajo que envuelve riesgos físicos menores que requieren seguir las precauciones básicas de seguridad. Exposición mayor. El trabajo requiere esfuerzo físico fuerte tales como: levantar, empujar o halar objetos pesados hasta 75 libras. Esfuerzo que se requiere es constante, sobre seis (6) horas diarias.
Se evaluarán los requisitos mínimos de experiencia y preparación académica, así como las destrezas del candidato. Se hará una evaluación inicial de la solicitud y el resumé del candidato con la asistencia de inteligencia artificial. De manera estandarizada, la inteligencia artificial asistirá al personal de recursos humanos a colocar los candidatos en orden descendente a base del nivel de coincidencia de cada candidato con el puesto, considerando los requisitos mínimos de experiencia y preparación académica, así como destrezas.
Tras la evaluación inicial de la experiencia, preparación académica y destrezas, un porcentaje de los mejores candidatos que cumplan con los requisitos mínimos serán contactados por el personal de recursos humanos para una validación telefónica o para solicitar información adicional.
Se tomará en consideración toda la experiencia relevante del candidato en atención al puesto que se solicita, indistintamente de cuando se obtuvo la experiencia. Para las clases de puestos que contengan un requisito estatutario de licenciamiento para ejercer sus funciones, la experiencia relevante del candidato será la adquirida posterior a obtener la licencia.
La certificación de empleo de patronos donde haya prestado servicios no será un requisito para solicitar y ser elegible, pero la entidad gubernamental puede solicitar información adicional que entienda pertinente para validar información provista en la solicitud de empleo y en el resumé.
Se ordenará en orden descendente el registro de elegibles usando como base los requisitos mínimos de experiencia y preparación académica, así como destrezas que posea el candidato. Los candidatos que formen parte de la certificación de elegibles para el puesto serán citados para la entrevista final que puede ser presencial o virtual.
Las convocatorias se publicarán en https://www.empleos.pr.gov/.
Tres (3) meses
Todo candidato que cumpla con los requisitos mínimos para ocupar el puesto y, además, sea acreedor a una preferencia en los procesos de reclutamientos, será avanzado automáticamente a la etapa de validación telefónica. Las entidades gubernamentales solicitarán al candidato que presente documentación que evidencie que es acreedor a dicha preferencia. Esta norma aplicará a cualquier veterano bajo la Ley 203-2007; persona con impedimento cualificada bajo la Ley 81-1996; persona beneficiaria de los programas de asistencia económica gubernamental que se encuentren bajo las disposiciones de la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidad Laboral (P.R.O.W.A.) en Puerto Rico, Ley Pública Federal Número 104-193 de 22 de agosto de 1996, y a cualquier miembro de los Servicios Uniformados, Guardia Estatal, empleado civil del Cuerpo de Ingenieros o del Servicio Médico Nacional contra Desastres en igualdad de condiciones académicas, técnicas o de experiencia, según lo dispone el Artículo 6 de la Ley Núm. 218-2003, según enmendada, conocida como “Ley de Protección para los Miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos”. Además, las entidades gubernamentales darán preferencia a un veterano o al miembro de los Servicios Uniformados, Guardia Estatal, empleado civil del Cuerpo de Ingenieros o del Servicio Médico Nacional contra Desastres en igualdad de condiciones académicas, técnicas o de experiencia, en su nombramiento para cualquier cargo, empleo u oportunidad de trabajo.
Como condición de empleo el candidato seleccionado será sometido a prueba de detección de sustancias controladas.
Como condición de empleo el candidato seleccionado será sometido a una verificación de antecedentes, mediante un “Background Check”, “Police Record Check” o su equivalente.
Esta Entidad Gubernamental no discrimina por razón de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen o condición social, por ideas políticas o religiosas, por ser víctima o ser percibida como víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho, por condición de veterano, por impedimento físico o mental, por orientación sexual real o percibida o por la identidad de género.
Convocatoria Número: 2026 – 44