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Una empresa innovadora busca un Supervisor de Despacho del Puerto para liderar la planificación y gestión de conductores en el negocio de NFI Drayage. Este rol es crucial para mantener la eficiencia operativa y la satisfacción del cliente, gestionando despachadores y asegurando la comunicación constante sobre el rendimiento del servicio. Con un enfoque en el trabajo en equipo y la atención al detalle, el candidato ideal tendrá una sólida experiencia en el sector y habilidades bilingües. Ofrecemos un entorno dinámico y beneficios atractivos, donde su contribución será valorada y tendrá un impacto significativo en nuestras operaciones.
Resumen
El Supervisor de Despacho del Puerto estará a cargo de planificar la utilización de los conductores asignados al negocio de NFI Drayage, así como de administrar los despachadores asignados a ese negocio de NFI Drayage.
Responsabilidades
Horario: Lunes a Viernes 1500 y fines de semana según sea necesario
Calificaciones
Nos complace compartir que el rango de salario base para este puesto es de $75,000.00 a $78,000.00 al año. Este puesto también es elegible para una bonificación discrecional anual, cuyo objetivo es el 8%. NFI toma en consideración las calificaciones, la experiencia, la educación y la ubicación geográfica de los solicitantes al determinar una tasa de pago inicial.
Los empleados también son elegibles para un sólido programa de beneficios, que incluye cobertura médica, dental, oftalmológica, de medicamentos recetados, plan 401k, programa de bienestar, seguro de vida, tiempo libre remunerado y licencia parental remunerada, entre otras opciones de planes de beneficios.
Empleador que ofrece Igualdad de Oportunidades/Veteranos Protegidos/Individuos con Discapacidades
El contratista no despedirá ni discriminará de ninguna otra manera a los empleados o solicitantes porque hayan preguntado, discutido o revelado su propio salario o el salario de otro empleado o solicitante. Sin embargo, los empleados que tienen acceso a la información de compensación de otros empleados o solicitantes como parte de sus funciones laborales esenciales no pueden revelar el salario de otros empleados o solicitantes a personas que de otro modo no tendrían acceso a la información de compensación, a menos que la divulgación sea (a) en respuesta a una queja o cargo formal, (b) en cumplimiento de una investigación, procedimiento, audiencia o acción, incluida una investigación realizada por el empleador, o (c) de conformidad con el deber legal del contratista de proporcionar información. 41 CFR 60-1.35(c)
Solicitantes del condado de Los Ángeles: La Compañía considerará a los solicitantes calificados, incluidos aquellos con antecedentes penales, de manera consistente con las leyes estatales y locales aplicables.