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Oficial de Mantenimiento-Conductora o Conductor-Ordenanza

Agencia De Vivienda Y Rehabilitacion De Andalucia

Sevilla

Presencial

EUR 24.000 - 30.000

Jornada completa

Ayer
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Descripción de la vacante

Una agencia de servicios sociales en Andalucía busca un Oficial de Mantenimiento-Conductora o Conductor-Ordenanza para llevar a cabo tareas de mantenimiento y conducción de vehículos. Se requiere experiencia en el puesto, así como un permiso de conducir B y diversos títulos académicos. Ideal para candidaturas con formación relacionada a la atención social y gestión de instalaciones. Se ofrece un contrato indefinido y un ambiente de trabajo comprometido a la asistencia social.

Formación

  • Haber superado periodo de prueba en un puesto similar en la ASSDA.
  • No tener condenas por delitos sexuales.
  • Experiencia previa en el puesto solicitado.

Responsabilidades

  • Realizar el mantenimiento de instalaciones.
  • Conducir vehículos según necesidad.
  • Atender a las demandas de asistencia social.

Conocimientos

Permiso de conducir B
Experiencia en mantenimiento
Atención social
Gestión de instalaciones

Educación

Título de Doctorado o Licenciatura
Título de Ingeniería Técnica o Diplomatura
Título de Formación Profesional de Grado Superior
Descripción del empleo

Oferta de empleo - Oficial de Mantenimiento-Conductora o Conductor-Ordenanza

Información general

Tipo de convocatoria

Denominación del puesto

Oficial de Mantenimiento-Conductora o Conductor-Ordenanza

Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía

Estado del proceso

En curso

Fecha de publicación

Plazo de solicitud

Número de plazas

Lugar de trabajo

Almería(Almería)

Tipo de contrato

Indefinido

Titulación oficial requerida

- Haber superado periodo de prueba para el mismo puesto al que opta en la ASSDA, en el caso de haber trabajado con anterioridad en la misma.

- No haber sido la persona condenada por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

- Estar en posesión del permiso de conducir B

- Experiencia como personal laboral en el puesto de Oficial Mantenimiento Conductora o Conductor Ordenanza en la ASSDA y/o Fundaciones de origen.

- Experiencia en el puesto de Oficial Mantenimiento Conductora o Conductor Ordenanza en la Administración de la Junta de Andalucía y/o sus entes instrumentales.

- Experiencia en el puesto de Oficial Mantenimiento Conductora o Conductor Ordenanza en el ámbito de otras Administraciones públicas y/o empresas públicas o privadas.

- Antigüedad como personal laboral en la ASSDA y/o Fundaciones de origen.

- Cursos recibidos en materia de gestión de instalaciones, mantenimiento y conducción o cursos directamente organizados por la ASSDA. (*)

- Cursos recibidos relacionados con temáticas vinculadas al ámbito competencial de la ASSDA tales como Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía; atención social a las personas y a las familias; protección a la infancia; drogodependencias y adicciones; colectivos excluidos o en riesgo de exclusión social; Servicio Andaluz de Teleasistencia. (*)

- Cursos impartidos en materias de gestión de instalaciones, mantenimiento y conducción, directamente vinculadas al puesto.

- Título de Doctorado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, o el Título de Grado Universitario y Máster correspondiente o cualquier titulación equivalente a las mismas, reconocidos u homologados por la Administración Educativa competente.

- Título de Ingeniería Técnica, Diplomatura Universitaria, Arquitectura Técnica o el Título de Grado Universitario correspondiente o cualquier titulación equivalente a las mismas reconocidos y homologados por la Administración Educativa competente.

- Título de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente, reconocido u homologado por la Administración Educativa competente.

- Título de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente, reconocido u homologado por la Administración Educativa competente.

(*) Se valorará formación no reglada que haya sido impartida y/u organizada por alguna de las siguientes instituciones: centros universitarios (títulos propios), ministerios, consejerías, corporaciones locales, InstitutoNacional de la Administración Pública o sus homólogos en las comunidades autónomas, escuelas de saludpública adscritas a cualquiera de los organismos citados, SEPE o sus homólogos en las comunidades autónomas,y/o cualquier otro ente público dependiente de una administración pública, así como organizaciones sindicales ycolegios profesionales.

(**) Se valorará cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida en laconvocatoria. En ningún caso los certificados de profesionalidad podrán ser considerados como títulosacadémicos objeto de valoración en este apartado.

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