Empleo: 2 socorristas para la piscina municipal (2025) – Navalvillar de Ibor (Cáceres)

Solo para miembros registrados
Cáceres
EUR 10.000 - 30.000
Descripción del empleo

Objeto de la convocatoria

El Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor (Cáceres) informa sobre las bases generales de la convocatoria para la selección y contratación de dos socorristas mediante concurso de méritos para la piscina municipal durante la campaña estival de 2025.

La duración prevista del contrato será temporal de dos meses, del 1 de julio al 31 de agosto de 2025.

Las solicitudes se podrán presentar en los 10 días naturales siguientes a la publicación de las bases, el 19 de mayo de 2025.

Naturaleza y características del contrato y funciones del puesto

Los contratos se formalizarán por una duración previsible de dos meses, quedando la jornada vinculada al horario de apertura, dentro de las exigencias legales.

  • El socorrista permanecerá en la zona de baño durante el horario de funcionamiento y deberá ser fácilmente identificable por los usuarios de la piscina.
  • Vigilar permanentemente el vaso de la piscina y sus cercanías para prevenir accidentes.
  • Aplicar las técnicas de primeros auxilios.
  • Colaborar en el traslado de accidentados cuando sea necesario y no existan otras posibilidades.
  • Supervisar el estado de los vasos y otros elementos que afecten al baño y subsanar carencias o fallos de ubicación, para el correcto desarrollo de la actividad.
  • Supervisar el correcto uso de las instalaciones por parte de los bañistas y controlar el aforo máximo por bañista, de forma que cada bañista cuente con la superficie de agua indicada por la Dirección General de Salud.
  • Velar por hacer cumplir las normas de seguridad y de comportamiento para el uso de los distintos vasos.
  • Informar a quien corresponda de todas las incidencias que afecten a la actividad.
  • Cumplir estrictamente con las exigencias y actuaciones derivadas del total cumplimiento de la legislación vigente respecto a las piscinas de uso público.
  • Comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servicio a su superior jerárquico o funcional.
  • Observar en todo momento el decoro personal y la corrección respecto a los usuarios.
  • Responsabilidad del botiquín y control del inventario del mismo.

Requisitos de los aspirantes

  • Ser español o ciudadano de la Unión Europea.
  • Tener cumplidos 18 años de edad en la fecha de inicio del contrato.
  • Estar en posesión del título o diploma de socorrista acuático expedido.
  • No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas u órganos constitucionales o estatutarios ni hallarse inhabilitado para empleos públicos.
  • En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida el acceso al empleo público en su Estado, en los mismos términos.
  • Todas las condiciones anteriores deben poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

Forma y plazo de presentación de instancias

Las solicitudes se dirigirán al Alcalde y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o mediante el procedimiento regulado por la Ley 39/2015. El plazo de presentación será de 10 días naturales a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en horario de 09:00 a 14:00 de lunes a viernes.

Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución provisional de admitidos y excluidos y se determinarán los miembros de la comisión de selección, otorgándose un plazo de 3 días naturales para subsanación de las solicitudes, tras el que se dictará resolución definitiva de admitidos y excluidos.

Comisión de selección

La constitución y actuación válida requerirá la presencia de la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, y la de las personas que ocupen la Presidencia y la Secretaría. Los miembros del Tribunal calificador deberán poseer la titulación o especialización de grado igual o superior al exigido. El Presidente podrá disponer, si fuera necesario, la incorporación temporal de otro personal de otras administraciones o del sector privado, que colaborará en tareas técnicas sin derecho a voto.

Los miembros de la Comisión de Selección son personalmente responsables del cumplimiento de las bases, de los plazos y de la publicación de resultados.