Destaca para este puesto: genera un currículum y una carta de presentación adaptados en cuestión de un minuto.
Horario de atención: Lunes a Viernes de 09:00 a 19:00 horas. Excepto feriados.
Ministerio de Salud
Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio / Hospital Claudio Vicuña de San Antonio
Médico Pediatra 11-22-28Hrs.
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Salud
Región de Valparaíso
San Antonio
Contrata Ley 19.664
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PALS (Curso de Reanimación Avanzada Pediátrica) aprobado con 2 años de vigencia o inscrito para rendir.
Enviar currículo al correo electrónico alejandro.parra@redsalud.gob.cl, especificando en "Asunto" el nombre del cargo al que postula. Ejemplo: Médico Pediátra – Área de Interés 22/28 Hrs.
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación 30/03/2026-27/04/2026
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 28/04/2026-29/04/2026
Finalización del Proceso 30/04/2026-04/05/2026
El plazo para recibir postulaciones es hasta las 17:00 horas del 27/04/2026.
alejandro.parra@redsalud.gob.cl
Aviso Pizarrón: Es un tipo de publicación que no permite postular en línea, ya que el Portal de Empleos Públicos es utilizado sólo como medio complementario de difusión de la convocatoria y no como medio de postulación. En este contexto, esta publicación, no contiene necesariamente toda la información del proceso, por lo que la persona interesada debe consultar mayores antecedentes directamente al Servicio Público responsable del aviso.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.