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Horario de atención: Lunes a Viernes de 09:00 a 19:00 horas. Excepto feriados.
Ministerio de Salud
Servicio de Salud Aconcagua / Hospital San Camilo de San Felipe
Médico Cirujano Anatomopatólogo
1
Salud
Región de Valparaíso
San Felipe
Contrata Ley 19.664
1.705.978
Cargo Médico especialista en Anatomía Patológica 22 horas, altamente calificado, que realiza el estudio y diagnóstico de exámenes de histopatología, citología y examen clínico post-mortem (autopsias).
Formación Educacional
Las personas interesadas deberán enviar su postulación al correo electrónico ricardo.reyes.m@redsalud.gob.cl, indicando en el asunto el nombre del cargo al que postulan y adjuntando la documentación requerida. El plazo de postulación será desde el 19 al 27 de febrero de 2026, la recepción de antecedentes se efectuará exclusivamente por esta vía.
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación 27/03/2026-10/04/2026
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante 14/04/2026-15/04/2026
Finalización del Proceso 27/04/2026-28/04/2026
ricardo.reyes.m@redsalud.gob.cl
https://hospitalsancamilo.cl/sitioweb/reclutamiento-y-seleccion/
Es un tipo de publicación que no permite postular en línea, ya que el Portal de Empleos Públicos es utilizado sólo como medio complementario de difusión de la convocatoria y no como medio de postulación. En este contexto, esta publicación no contiene necesariamente toda la información del proceso, por lo que la persona interesada debe consultar mayores antecedentes directamente al Servicio Público responsable del aviso.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.